Los procedimientos a seguir están en el documento presentado por el Ministerio de Energía: “para informar los consumos de energía; la definición de lo que ha de entenderse por consumidores con capacidad de gestión de energía; los mecanismos para la implementación de los sistemas de gestión de energía; los reportes que deben emitir el Ministerio de Energía sobre los avances y proyecciones de consumo de energía y eficiencia energética”.
Si bien la ley entró en vigencia en febrero de este año, el reglamento presentado a la Controlaría General abarca la gestión energética de los consumidores con capacidad de gestión de energía y de los organismos públicos. También establece la implementación y operación de los Sistemas de Gestión de Energía, así como su certificación. A su vez, regula la obligación de reporte de los consumos de energía por parte de organismos públicos, como municipalidades y gobiernos regionales, entre otras instituciones, las cuales deberán contar con Gestores Energéticos Públicos.
Según datos oficiales, la implementación de las medidas contribuirán en gran medida a la disminución de un 30% de las emisiones de CO2 en el país de aquí a la próxima década, especialmente en una industria del cobre que consume el 17% de la energía nacional.
“Sabemos que de aplicarse las medidas de eficiencia energética, al 2030 tendremos una reducción de intensidad energética del 10%, y la minería podrá contribuir de manera importante a este desafío, esto significará un ahorro acumulado de más de 15 mil millones de dólares y una reducción de casi 30 millones de toneladas de CO2“, había argumentado el Biministro de Energía y Minería, Juan Carlos Jobet.