abril 25, 2024 4:59 am
América Minera

Aprimin presentó los riesgos que ve para la minería y el país en la propuesta constitucional

En su último “Networking Club la Minería” la Asociación de Proveedores Industriales de la Minería (Aprimin) revisó el texto de la posible nueva Constitución Política. Su director ejecutivo, Sergio Hernández, analizó algunos de los lineamientos del texto y cómo se relacionan las normas propuestas con el gremio.

En materia que concierne a la industria minera, Hernández expuso que “se terminan los derechos de agua en forma inmediata; no hay norma transitoria que postergue la decisión de esta norma constitucional. Es decir, diez días después de eventualmente aprobada la Constitución, todas las concesiones de agua pasan a ser autorizaciones de uso, ni siquiera de goce, sin posibilidad de comercializarla y solo para el fin que estén pedidas”.

Hernández hizo hincapié en el hecho que el sector minero está invirtiendo y tiene proyectado invertir en plantas desaladoras de agua de mar para abastecer a las faenas, pero también para comercializarla a un precio más conveniente para las comunidades aledañas. El ejecutivo añadió que no quedó establecida protección a la propiedad industrial, solo para los derechos de autor intelectual, científico y artístico, lo cual es considerado por el director ejecutivo de Aprimin como “otro sesgo más a la creación de valor agregado e innovación en los procesos productivos”. 

Estatuto Minero

Sobre el estatuto minero, el ejecutivo mencionó que se repite el mismo precepto constitucional del año 1971, considerando al Estado como dueño absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, pero agrega “de las sustancias metálicas y no metálicas. O sea, si el Estado es dueño inalienable de las sustancias metálicas y no metálicas ¿Cómo se va a vender el mineral?, porque inalienable significa que no se puede enajenar ni transferir, ni onerosa ni gratuitamente”. Por lo tanto, “una persona cualquiera por acción popular puede solicitar a un tribunal que revise esto y puede producir momentáneamente la paralización de la minería estatal y privada”.

Hernández expuso que este precepto polémico fue integrado en la Constitución de Ecuador, lo que derivó en una discusión interna en dicho país. pero se resolvió con otra norma del mismo nivel, que da derecho al Estado a asociarse en minería con privados, con beneficios totales mínimos para el Estado de un 50%. Pero ni siquiera esa norma en Chile los convencionales la consideraron.

“El Estado consagra que protegerá a los pirquineros y pequeños mineros, pero no otorgarán concesiones, no tienen propiedad, por lo tanto no pueden dar garantía, que por lo general son sus pertenencias mineras para acceder a créditos de la Enami”, señaló, respecto a la pequeña minería.

A su vez, el abogado añadió que, sin embargo, “en mi interpretación las actuales concesiones mineras están protegidas por el derecho de propiedad. Aunque se derogue la Constitución actual, van a seguir protegidas por el mismo régimen, porque rigen todas las normas existentes cuando se constituyeron esas pertenencias; sus derechos no podrían ser conculcados sino que por expropiación. Pero todo lo demás para la minería está en el aire. Eso se va a debatir fuertemente”.

 Cabe destacar que Aprimin participó en el proceso constituyente con exposiciones en la Comisión de Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales y Modelo Económico; así como la Comisión de Principios Constitucionales, planteando propuestas en minería que no fueron consideradas. Además, el director ejecutivo de Aprimin resaltó que mediante leyes simples, es decir con el acuerdo por parte de más de un 50% de los congresistas presentes en el denominado Congreso de Diputados y Diputadas- ya que se elimina el Senado- se pueden aprobar leyes en materia de cualquier actividad económica.

Finalmente, para ahondar la revisión del texto constitucional, en el próximo Networking Club de la Minería- a desarrollarse el próximo mes- se revisarán otros elementos de la propuesta de Constitución.

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